Desde el 15 de enero de 2015, tal y como dispone el artículo 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, estarán obligados a facturar electrónicamente todos los proveedores que hayan entregado bienes o prestado servicios a esta Diputación, sus organismos autónomos y entidades dependientes.
Acceso al Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas
Para que las facturas sean aceptadas necesitan ser generadas bajo el formato facturae 3.2 o facturae 3.2.1. Puede generar facturas válidas con la aplicación Gestión de Facturación Electrónica
* Necesitará de un Certificado Digital válido emitido por cualquiera de las entidades de certificación reconocidas. ¿No dispone de certificado digital? Consulte aquí cómo obtenerlo.